Cuenta de Pago Básica
tu cuenta para tus operativas diarias
¿QUÉ ES UNA CUENTA DE PAGO BÁSICA?
La Cuenta de Pago Básica es una cuenta corriente en euros, no remunerada, utilizada en la ejecución de operaciones de pago con el fin de evitar la exclusión financiera de los residentes de la Unión Europea.
¿Quién puede contratar una Cuenta de Pago Básica?
La Cuenta de Pago Básica puede ser contratada por cualquier persona física, siempre y cuando no disponga de una cuenta de pago en otra entidad en España, actuando con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión, siempre que cumpla uno de los siguientes requisitos:
- Residan legalmente en la Unión Europea, incluidos los clientes que no tengan domicilio fijo;
- Sean solicitantes de asilo;
- No tengan un permiso de residencia pero su expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho.
¿Qué servicios tiene asociados una Cuenta de Pago Básica?
La Cuenta de Pago Básica permite al cliente acceder a los siguientes servicios:
- Apertura, utilización y cierre de cuenta.
- Depósito de fondos.
- Retirada de dinero en efectivo en las oficinas de la entidad o en los cajeros automáticos en la Unión Europea.
- Las siguientes operaciones de pago en la Unión Europea:
- Adeudos domiciliados.
- Operaciones de pago mediante una tarjeta de débito o prepago, incluidos pagos en línea.
- Transferencias, inclusive órdenes permanentes en las oficinas de la entidad y mediante los servicios en línea de la entidad de crédito cuando esta disponga de ellos.
¿Está sujeto a la contratación de otros productos?
Para la contratación de una Cuenta de Pago Básica no es obligatorio contratar otros productos o servicios.
No obstante, el titular podrá contratar, si así lo desea:
- Los servicios de Banca virtual. La contratación de este servicio está exento de comisión.
- La tarjeta de débito básica, mediante la cual se podrá retirar efectivo a débito y realizar operaciones de pago con cargo a la cuenta. La emisión y mantenimiento de esta tarjeta está exenta de comisiones.
¿Está sujeta a comisiones?
Por la apertura y utilización de una Cuenta de Pago Básica y los servicios descritos en los apartados anteriores, se cobrará una comisión única y conjunta de 3 euros mensuales.
Esta comisión incluye hasta 120 operaciones de pago anuales en euros dentro de la Unión Europea consistentes en pagos realizados en ejecución de adeudos domiciliados y transferencias, incluidos los pagos realizados en ejecución de órdenes de transferencia permanentes, en nuestras oficinas y mediante los servicios de Banca virtual.
Por la retirada de efectivo a débito, en euros, mediante la tarjeta de débito en cajeros automáticos de otras entidades en España, el banco repercutirá el coste de la comisión cobrada por la entidad titular del cajero. El importe se comunicará con carácter previo a la ejecución de la operación.
Comisiones Cuenta de Pago Básica
¿Cómo abrir una Cuenta de Pago Básica?
Ponte en contacto con un Encargado de Clientela para concertar una cita en agencia y preparar tus documentos.
Procedimiento de solución de conflictos
El banco pone a disposición los clientes un Servicio de Atención al Cliente (SAC) al que podrá dirigirse para presentar cualquier queja o reclamación, sito en la Av. Doctor Arce, n º35, 28002 de Madrid. Del mismo modo, se podrá realizar por email a la dirección:
En caso de disconformidad con la resolución ,o si transcurridos los plazos establecidos por la normativa aplicable no obtuviera una resolución, el titular podrá dirigirse al Servicio de Reclamaciones del Banco de España, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente o el Defensor del Cliente.
Este conjunto de servicios bancarios está definido por el Boletín Oficial del Estado la Orden ECE/228/2019, de 28 de febrero, sobre cuentas de pago básicas, procedimiento de traslado de cuentas de pago y requisitos de los sitios web de comparación, la cual entró en vigor a los 20 días de su publicación